Tipos de empresas según su forma jurídica en España | Grupo Roig
tipos de empresas segun su forma juridica

¿Cuántos Tipos de empresas según su forma jurídica existen en España?

Elegir entre los diferentes tipos de empresas según su forma jurídica es uno de los pasos clave cuando una persona emprende o una organización desea formalizar su actividad. Sobre todo porque la forma jurídica de una empresa condiciona su responsabilidad, fiscalidad y gestión. 

Si estás pensando en emprender o reordenar tu negocio conocer bien los tipos de empresas según su forma jurídica y las opciones te permite evitar errores y ahorrar tiempo y recursos. Quédate en este artículo, porque encontrarás una guía clara y útil para entender qué elegir y por qué.

¿Por qué es importante elegir bien la forma jurídica?

La forma jurídica es la estructura legal de tu empresa. No es un papel más, ya que condiciona el día a día del negocio. Por eso, conocer los tipos de empresas según su forma jurídica y elegir bien desde el principio es una decisión estratégica.

La forma jurídica define hasta dónde respondes con tu patrimonio personal. En una sociedad de responsabilidad limitada, el riesgo se limita al capital aportado. En figuras como la sociedad civil o la comunidad de bienes, la responsabilidad de los socios puede ser ilimitada y solidaria frente a las deudas.

Sin embargo, elegir bien el tipo de empresa según su forma jurídica tiene impacto directo, además de la responsabilidad en acciones como:

  • Trámites: más o menos complejos.
  • Fiscalidad: IRPF o Impuesto de Sociedades.
  • Capacidad para crecer: especialmente si se requiere inversión externa.

Por último, los tipos de empresas según su forma jurídica impacta en el acceso a ayudas y subvenciones. Muchas convocatorias limitan quién puede presentarse según el tipo de empresa, algo que en Grupo Roig revisamos siempre antes de solicitar ayudas para nuestros clientes.

Tipos de empresas según su forma jurídica en España

A continuación, se resumen los principales tipos de empresas según su forma jurídica que puedes constituir en España. Cada uno tiene requisitos distintos y afecta de forma diferente a la responsabilidad, la gestión y la fiscalidad.

Forma jurídicaMínimo de sociosResponsabilidadCapital Mínimo
Sociedad Limitada1Limitada al capital aportadoDesde 1 €
Sociedad Anónima1Limitada al capital aportado60.000 €, con 25% desembolsado
Sociedad Civil2Ilimitada y personal (salvo pactos específicos)No exige capital mínimo
Sociedad Cooperativa3Limitada (varía según estatutos y legislación autonómica)Variable (según estatutos)

Sociedad Limitada

La Sociedad Limitada es uno de los tipos de empresas según su forma jurídica más utilizados por pequeñas y medianas empresas. La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado, lo que protege el patrimonio personal. Para constituir una Sociedad Limitada, el capital mínimo es de 1 euro, aunque se recomienda aportar una cifra más realista para cubrir necesidades iniciales. Es flexible y adecuada para varios socios o un único emprendedor.

Sociedad Anónima

La Sociedad Anónima está pensada para proyectos que requieren mayor inversión o que quieren facilitar la entrada de accionistas. El capital mínimo es de 60.000 euros, y al menos el 25% debe estar desembolsado en la constitución.Es uno de los tipos de empresas según su forma jurídica más apropiados para grandes empresas, ya que permite emitir y transmitir acciones con facilidad.

Sociedad Civil

La Sociedad Civil es uno de los tipos de empresas según su forma jurídica más sencillos. Se constituye mediante un contrato entre dos o más personas que comparten recursos o trabajo para explotar una actividad. No requiere capital mínimo, pero la responsabilidad de los socios suele ser ilimitada, lo que implica responder con el patrimonio personal ante deudas.

Comunidad de bienes y cooperativas

Ambos tipos de empresas según su forma jurídica son menos comunes. La comunidad de bienes surge cuando dos o más personas comparten un bien y lo utilizan conjuntamente para desarrollar una actividad económica. No requiere capital mínimo y la responsabilidad de los comuneros es habitualmente ilimitada.

Las cooperativas, en cambio, cuentan con personalidad jurídica propia, responsabilidad limitada y un funcionamiento democrático. Suelen requerir un mínimo de tres socios y son comunes en actividades de economía social.

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10 trámites básicos para constituir los tipos de empresas según su forma jurídica

Si quieres constituir todo tipos de empresas según su forma jurídica en España, en Grupo Roig te mostramos un decálogo con los pasos fundamentales para ello. Síguelos paso a paso para no perderte en el proceso.

  1. Elegir la forma jurídica adecuada: de esta elección dependerá el capital, la responsabilidad y la gestión interna de la futura empresa.
  2. Solicitar la certificación negativa de denominación social: se tramita ante el Registro Mercantil Central para comprobar que el nombre de la empresa está disponible.
  3. Aportar el capital social mínimo: cada uno de los tipos de empresas según su forma jurídica exige un capital distinto. Este se deposita en un banco y la entidad emite un certificado obligatorio para la escritura de constitución.
  4. Redactar los estatutos sociales: documento clave donde se define el funcionamiento interno de la sociedad: objeto, domicilio, participación de socios, órgano de administración, etc.
  5. Firmar la escritura pública ante notario: incluye estatutos, la identificación de socios y el certificado del capital. Es el documento que formaliza la constitución.
  6. Solicitar el NIF provisional: se obtiene en la Agencia Tributaria y permite iniciar la operativa inmediata de la sociedad.
  7. Inscribir la sociedad en el Registro Mercantil: con esta inscripción, la empresa adquiere personalidad jurídica plena.
  8. Dar de alta la empresa en Hacienda a través del modelo 036 o 037 se realiza el alta censal y se liquidan los impuestos vinculados al inicio de actividad.
  9. Dar de alta a la empresa y a los trabajadores en la Seguridad Social: incluye el alta del administrador y, cuando corresponda, de la plantilla.
  10. Legalización de libros y obtención de licencias: se legalizan los libros societarios en el Registro Mercantil y se solicitan las licencias municipales y sectoriales necesarias para iniciar la actividad.

Elegir entre los distintos tipos de empresas según su forma jurídica es una decisión clave que afecta a la responsabilidad, la fiscalidad y la capacidad de crecimiento. Conocer las características de cada forma jurídica te ayuda a construir un proyecto sólido y adaptado a tus necesidades. Si necesitas apoyo para elegir la opción adecuada o para tramitar la constitución, en Grupo Roig podemos ayudarte a dar cada paso con seguridad.

¿Cuál es el tipo de empresas según su forma jurídica para empezar un negocio?


Depende del nivel de riesgo, el número de socios y el volumen de inversión. Para muchos emprendedores, la Sociedad Limitada es la opción más equilibrada, ya que limita la responsabilidad y permite empezar incluso con un capital reducido. Si la actividad tiene poco riesgo y se trabaja en solitario, algunos optan por comenzar como autónomos o mediante una sociedad civil.

¿Qué forma jurídica me permite limitar mi responsabilidad personal?


Las sociedades mercantiles como la SL, la SA, la SLNE y las cooperativas limitan la responsabilidad al capital aportado, protegiendo el patrimonio personal. En cambio, figuras como la sociedad civil o la comunidad de bienes implican responsabilidad ilimitada, por lo que los socios responden con sus bienes si hay deudas.

¿Qué diferencias hay entre una SL y una SLNE?


La SLNE es una versión simplificada de la SL pensada para constituirse con trámites más rápidos, especialmente de forma telemática. La SL es más flexible en estatutos y permite más socios desde el inicio. La SLNE suele tener un tope de socios en la constitución (normalmente cinco) y un rango de capital más delimitado.

¿Puedo transformar una forma jurídica en otra si mi empresa crece?


Sí. Es posible transformar una SL en SA, una sociedad civil en SL o una cooperativa en otro tipo de sociedad, siempre siguiendo los procedimientos legales correspondientes. Es común que cuando la empresa crece, necesita captar inversión o debe limitar la responsabilidad.

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